domingo, 3 de agosto de 2008

DESDE AGOSTO, LAS CERTIFICACIONES DE SERVICIOS SE EMITIRÁN POR INTERNET

sábado, 02 de agosto de 2008
Ingresando a www.anses.gov.ar los empleadores las obtendrán automáticamente. Las certificaciones de servicios son fundamentales para que el trabajador pueda gestionar su futura jubilación.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informa que desde el 1° de agosto, los empleadores que actualmente generan y emiten las certificaciones de servicios de sus trabajadores deberán hacerlo vía Internet, ingresando a www.anses.gov.ar, en la sección Autopistas de Servicios, o bien ingresando a www.afip.gov.ar, en la sección “Mi Simplificación”.



Hasta hoy, los empleadores utilizaban formularios manuales confeccionados con registros propios. Desde hoy, deberán utilizar una aplicación que emitirá automáticamente las certificaciones que se soliciten con los datos y las condiciones que establece ANSES.



Esta nueva modalidad estandariza y simplifica las obligaciones de los empleadores, minimizando el esfuerzo de captura de datos en la emisión del certificado. Asimismo, esta herramienta evita situaciones de fraude, facilita la rectificación y reduce el costo administrativo de los empleadores. Por su parte, los trabajadores podrán tener un mejor control de los datos, al tiempo que se beneficiarán con una mayor celeridad en la probatoria de los servicios.



“Este nuevo servicio se suma a los que actualmente posee www.anses.gov.ar, la sección Autopista de Servicios y que responde a la política desarrollada desde el organismo previsional desde hace 6 años, de facilitar el acceso de los ciudadanos a los trámites y servicios en seguridad social”, señaló Amado Boudou, Director Ejecutivo de ANSES.



La nueva herramienta asegurará que toda certificación que se emita, se encuentre respaldada por las declaraciones juradas del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.



Un dato a tener en cuenta por los empleadores es que para poder generar y emitir la certificación de servicios, la relación laboral tendrá que estar previamente incluida en el Registro de Altas y Bajas en Materia de la Seguridad Social (Mi Simplificación). También deberán estar presentadas las declaraciones juradas determinativas y nominativas de los aportes y las contribuciones, con destino a los distintos subsistemas de la Seguridad Social, correspondientes a los períodos no prescriptos posteriores al mes de junio de 1994, comprendidos en la certificación de servicios y remuneraciones a generar.



Además, los empleadores deberán rectificar las declaraciones juradas cuando los datos a certificar no guarden relación con los declarados. Cuando el sistema informe que la declaración jurada se encuentra “en error”, deberá ingresarse los datos necesarios para emitir la certificación.



Boudou recordó que “diariamente cerca de 100 mil argentinos acceden al portal de ANSES para realizar consultas y trámites on line, como gestionar una pensión derivada, sacar turno para iniciar una jubilación, obtener la constancia de CUIL, optar por el régimen de reparto, entre otros”.

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